Accesibilidade

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A Entidade pública empresarial ADIF - Alta Velocidad comprometeuse a facer accesible o seu sitio web de conformidade co Real Decreto 1112/2018, do 7 de setembro, sobre accesibilidade dos sitios web e aplicacións para dispositivos móbiles do sector público.

Este sitio web aplica os requisitos da Norma UNE-EN 301549:2020, considerando as excepcións do RD 1112/2018.


A presente declaración de accesibilidade aplícase ao sitio web https://www.adifaltavelocidad.es.

ILUNION Accesibilidad, S.A.U. empresa perteneciente al GRUPO SOCIAL ONCE, acredita que con fecha 26/12/2025 se ha realizado una Auditoría de Accesibilidad de Adif Alta Velocidad siguiendo las pautas de evaluación WCAG - WAI 2.2 Doble A (AA) WEB.

Declaración de accesibilidad

Consultar informe de acreditación

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

Situación de cumprimento

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

O contido que se recolle a continuación non é accesible debido ao seguinte:

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 26 de diciembre de 2025.
El método empleado para preparar la declaración ha sido realizar una auditoría de accesibilidad con la metodología OAW

Observaciones y datos de contacto

Puede  realizar comunicacionessobre  requisitos  de  accesibilidad  (artículo  10.2.a)  del  RD  1112/2018) como por ejemplo:
  • informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web
  • transmitir otras dificultades de acceso al contenido
  • formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web
A través del siguiente formulario de contacto, seleccionando el área "Buzón de Comunicación Web".


Puede presentar:

  • una Queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018 o

  • una Solicitud de Información accesible relativa a: 

    • contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4

    • contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

A través de la Sede electrónica de Adif Alta Velocidad, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Secretaría General de Administración Digital.

Procedimiento de aplicación.

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada través del de la  Sede electrónica de Adif Alta Velocidad, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
 
Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Subdirección General de Inspección de Servicios del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.